El Tribunal de Justicia Europeo (TJEU) ha fallado a favor del consumidor y establece que los bancos deben devolver todos los gastos derivados de cláusulas hipotecarias que hayan sido declaradas nulas por su carácter abusivo.
La sentencia, que resuelve dos pleitos interpuestos a Caixabank y BBVA, respectivamente, especifica que dicha devolución solo podrá efectuarse si la legislación nacional no indica lo contrario.
El Tribunal de Luxemburgo también confirma la potestad de los jueces nacionales para investigar y declarar abusivas las cláusulas de apertura. Si una cláusula abusiva es declarada nula y, por tanto, a efectos prácticos nunca ha existido, deben ser devueltas al consumidor todas las cantidades abonadas al respecto. El TJEU también insiste en que el hecho de que la entidad bancaria imponga esta comisión de apertura es contrario a la buena fe y actúa en detrimento del consumidor.
Podéis consultar la sentencia completa del Tribunal aquí.